AMPLIACIÓN DE PERMANENCIA

  • El límite de permanencia en el idioma correspondiente será de dos años para el nivel Intermedio B1 y de cuatro años para los niveles Básico, Intermedio B2 y Avanzado C1.
  • Los alumnos oficiales que hayan agotado el límite de permanencia podrán solicitar la ampliación de la misma por causa suficientemente justificada que impida el normal desarrollo de los estudios:
    • En caso de que el alumnado se incorpore al curso que le corresponda del nuevo plan de estudios, computará como su primer año de permanencia en el nuevo plan de estudios.
  • El interesado hará su solicitud conforme al modelo disponible en esta página web (enlace al impreso de solicitud), dirigida al director que será quien resuelva; en caso de que la resolución de éste sea negativa, podrá recurrirse en alzada al Director del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte. La solicitud debe presentarse al término de la convocatoria de septiembre, antes de finalizar el plazo de matrícula.
  • Una vez agotado el límite de permanencia en un idioma, se perderá la condición de alumno oficial en ese idioma, no pudiéndose seguir las enseñanzas de este idioma en esta modalidad en ningún centro, pudiéndolo hacer en la modalidad libre o, en su caso, a distancia.
  • En aquellos casos en que se curse más de un idioma, los límites de permanencia establecidos con carácter general en las enseñanzas de idiomas de régimen especial se aplicarán de forma independiente a cada uno de los idiomas cursados simultáneamente.

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(excepto en julio y 1ª quincena de septiembre)